Autor Tema: Velocidad máxima y alcoholemia  (Leído 7160 veces)

Desconectado ddanelone

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Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #15 : 18 de Abril del 2013, 17:50 »
Juan Pablo, nos querés hacer leer????  nononox no vengas con cosas raras....  risax

Clauco:
El tema es así: el Congreso de la Nación sanciona leyes que, en materia de tránsito particularmente, serán de aplicación en Rutas Nacionales, por organismos nacionales. Así, la aplicación de la ley nacional tal como salió del congreso y fue promulgada por el Presidente, corre por cuenta de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y/o Gendarmería Nacional, en RUTAS NACIONALES. Ahí no hay Lola, y no importa si San Luis adhirió o no, porque es territorio sometido a jurisdicción nacional, y los organismos pertinentes (nacionales) aplican dicha ley.

Ahora, qué pasa en Rutas Nacionales en el àmbito de cada municipio o comuna? Qué ley aplica la policía, v.g., de Córdoba o Santa Fe en una ruta nacional? Y la respuesta es obvia: APLICAN NORMATIVA LOCAL. Así, la Policía Caminera de Córdoba, no importa en qué localidad esté controlando (San Francisco, La Francia, El Tío o La Curva) te van a exigir el cumplimiento de LA LEY TAL CUAL COMO ESTÉ SANCIONADA POR LA LEGISLATURA DE CORDOBA.

Y si el que te para y controla es un inspector municipal de San Francisco, te va a aplicar la ordenanza de trànsito que el Consejo deliberante local u organismo similar, haya sancionado.

En realidad, no es que la normativa nacional prevalezca sobre la provincial, y esta sobre la municipal. Se trata de AMBITOS DE APLICACIÓN DIFERENTES, con organismos propios para su aplicación.


En general, hay mucha afinidad entre los tres estamentos legislativos (Nacional, pronvicial  y Municipal o local) para evitar conflictos normativos.


Desconectado Jarod

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Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #16 : 18 de Abril del 2013, 18:25 »
En general, hay mucha afinidad entre los tres estamentos legislativos (Nacional, pronvicial  y Municipal o local) para evitar conflictos normativos.

siiiiiiiiiiii!!!!!!!!!!!!!!!!!! todos te  funy2x

 verx verx sorry!! me salió de adentro!!!  okx okx

Aquí los conocí... aquí los he de encontrar

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Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #17 : 18 de Abril del 2013, 19:56 »
Juan Pablo, nos querés hacer leer????  nononox no vengas con cosas raras....  risax

Clauco:
El tema es así: el Congreso de la Nación sanciona leyes que, en materia de tránsito particularmente, serán de aplicación en Rutas Nacionales, por organismos nacionales. Así, la aplicación de la ley nacional tal como salió del congreso y fue promulgada por el Presidente, corre por cuenta de la Agencia Nacional de Seguridad Vial y/o Gendarmería Nacional, en RUTAS NACIONALES. Ahí no hay Lola, y no importa si San Luis adhirió o no, porque es territorio sometido a jurisdicción nacional, y los organismos pertinentes (nacionales) aplican dicha ley.

Ahora, qué pasa en Rutas Nacionales en el àmbito de cada municipio o comuna? Qué ley aplica la policía, v.g., de Córdoba o Santa Fe en una ruta nacional? Y la respuesta es obvia: APLICAN NORMATIVA LOCAL. Así, la Policía Caminera de Córdoba, no importa en qué localidad esté controlando (San Francisco, La Francia, El Tío o La Curva) te van a exigir el cumplimiento de LA LEY TAL CUAL COMO ESTÉ SANCIONADA POR LA LEGISLATURA DE CORDOBA.

Y si el que te para y controla es un inspector municipal de San Francisco, te va a aplicar la ordenanza de trànsito que el Consejo deliberante local u organismo similar, haya sancionado.

En realidad, no es que la normativa nacional prevalezca sobre la provincial, y esta sobre la municipal. Se trata de AMBITOS DE APLICACIÓN DIFERENTES, con organismos propios para su aplicación.


En general, hay mucha afinidad entre los tres estamentos legislativos (Nacional, pronvicial  y Municipal o local) para evitar conflictos normativos.



Mirá como te la enquilombo !!!!

Entonces, como vos decis, se trata de Jurisdicciones (en parte el tema), que poder de policiía tendría un caminero cordobes sobre una ruta de jurisdicción nacional para aplicar una disposición o ley provincial?

El Estado Nacional cede en parte ese poder a los organismos provinciales y municipales?

En verdad, te pregunto porque quiero desasnarme... aparte no me voy a poner a estudiar a esta altura...

Gracias Diego  okx okx

Abrazo.

Chabeta.-

PD: y yo que casi salgo con el principio de supremacía de las leyes... Cuak !!!

PD2: Seguro que no hay que tomar algoolll cuando se consussseeee la mooootiittoooo !!!!
Un hombre con una idea nueva es un loco hasta que la idea triunfa. Mark Twain.

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Re: Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #18 : 18 de Abril del 2013, 20:28 »
No hay que tomar y eso lo indica el sentido común.  En la jurisdicción de cada provincia y de cada municipio, las autoridades locales, provinciales y municipales, ejercen el control del tránsito, labran actas de infracción y organizan el tránsito, aplicando sus propias normas. Es que el sistema normativo es eso, un sistema, y debe ser interpretado de una manera armonica y lógica. Pensar que un municipio no podría legislar y ordenar el tránsito en una ruta nacional que atraviesa su territorio es un absurdo, irrazonable. Se entiende?

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Re: Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #19 : 18 de Abril del 2013, 21:31 »
Pensar que un municipio no podría legislar y ordenar el tránsito en una ruta nacional que atraviesa su territorio es un absurdo, irrazonable. Se entiende?

Hete aquí donde se ató la rama días atrás!!! Desde la Muni de Inriville salieron miles, si, miles, de infracciones por no llevar las luces bajas encendidas en el km 223; los ñatos pusieron una camarita y se están haciendo un festin!!!

El km 223 está entre la Terminal de Omnibus y la Shell (pa los que conocen la zona); es Zona Urbana por donde discurre la Ruta Provincial Nº 6, la distancia entre ambos puntos debe andar en los 400 metros... es decir: quienes iban a tomar el café a la estación de servicios todos los días, se están aplaudiendo las bo censorx las con 2 ladrillos!!

Va de suyo que la Muni de Inriville adhirió a la Ley Provincial de Tránsito, por ende y en su faz pertinente a la Nacional, que dice que en la ruta se debe circular con las luces bajas encendidas... como las Leyes no aclaran si en los radios de las zonas urbanas municipales o comunales la ruta "deja de ser ruta para ser una arteria más de la localidad", ahí te abrochan!!!!


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Desconectado Clauco

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Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #20 : 18 de Abril del 2013, 21:49 »
I M P E C A B L E Diego! muchas gracias!  graciasx


 aplaux aplaux aplaux aplaux
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Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #21 : 18 de Abril del 2013, 23:53 »
La complican para especular con que algunos aflojen y hagan un "arreglo" h.dp si su misión es CUIDARNOS y en vez de eso buscan solamente recaudar.  puteandox
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Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #22 : 19 de Abril del 2013, 02:38 »
Atenti muchachos, son las 2.33 AM, así que no se sorprendan si digo alguna pelotudez. Habiendo formulado la aclaración pertinente, les cuento:
Todo sistema sancionatorio cuya base punitiva es "monetaria", invariablemente se termina transformando en un sistema meramente recaudatoria. A veces me pregunto para qué mierda estudiar a los grandes teóricos del Derecho Penal y punitivo en general, tomos y tomos de cientos de páginas cada uno, fundamentando el por qué de la pena, la necesidad de castigar, la función educativa del castigo, etc etc etc, y después, en la práctica, te encontrás con este sistema del orto cuya única finalidad es engrosar el erario de la provincia o el municipio. Va de suyo que todo sistema sancionatorio está inspirado en una función re socializadora, re educadora y re incertiva. Si, todos los re que se te ocurran, peeeeroooo, el sistema se termina transformando, velis nolis, en un formidable aparato recaudatorio.

Me fui al carajo. Chau loco, me voy a dormir. Las neuronas me están por colapsar.

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Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #23 : 19 de Abril del 2013, 03:44 »
"sueni acon losangelit os"  risax risax risax

ahi va, el latin es sencillo... basta con alterar los espacios del simple castellano  okx

 risax

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Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #24 : 19 de Abril del 2013, 06:40 »
Atenti muchachos, son las 2.33 AM, así que no se sorprendan si digo alguna pelotudez. Habiendo formulado la aclaración pertinente, les cuento:
Todo sistema sancionatorio cuya base punitiva es "monetaria", invariablemente se termina transformando en un sistema meramente recaudatoria. A veces me pregunto para qué mierda estudiar a los grandes teóricos del Derecho Penal y punitivo en general, tomos y tomos de cientos de páginas cada uno, fundamentando el por qué de la pena, la necesidad de castigar, la función educativa del castigo, etc etc etc, y después, en la práctica, te encontrás con este sistema del orto cuya única finalidad es engrosar el erario de la provincia o el municipio. Va de suyo que todo sistema sancionatorio está inspirado en una función re socializadora, re educadora y re incertiva. Si, todos los re que se te ocurran, peeeeroooo, el sistema se termina transformando, velis nolis, en un formidable aparato recaudatorio.

Me fui al carajo. Chau loco, me voy a dormir. Las neuronas me están por colapsar.


Vas bien Diego!!!!, dale que sigo tomando nota para cuando me lleguen las foto multa (por ahi pido asesoramiento, en gral soy buen cliente...para los municipios)
Abrazo
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Re: Re: Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #25 : 19 de Abril del 2013, 07:53 »
"sueni acon losangelit os"  risax risax risax

ahi va, el latin es sencillo... basta con alterar los espacios del simple castellano  okx

 risax

risax risax risax

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Re: Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #26 : 19 de Abril del 2013, 08:39 »
No hay que tomar y eso lo indica el sentido común.  En la jurisdicción de cada provincia y de cada municipio, las autoridades locales, provinciales y municipales, ejercen el control del tránsito, labran actas de infracción y organizan el tránsito, aplicando sus propias normas. Es que el sistema normativo es eso, un sistema, y debe ser interpretado de una manera armonica y lógica. Pensar que un municipio no podría legislar y ordenar el tránsito en una ruta nacional que atraviesa su territorio es un absurdo, irrazonable. Se entiende?

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Re: Velocidad máxima y alcoholemia
« Respuesta #27 : 19 de Abril del 2013, 18:21 »
che, muy buena data, pero al final siempre siempre la cana va a tener las de ganar, ya que por lo que vi pone normativas impracticables en la realidad de todos los dias... andar a 40 en la colon!, poner las luces en por dos cuadras en tu propio pueblo porque justo es tramo de enlace de ruta... y la que más me gusta, la de adelantar en linea amarilla, cuando un camion HDP anda a 20 y encima casi me lo llevo puesto y encima a él no le sacan nada de multa por la velocidad del orto q impone a los demas

 puteandox puteandox puteandox puteandox puteandox puteandox y más  puteandox puteandox puteandox puteandox
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